Impuesto a la propiedad en República Dominicana: el IPI explicado para compradores extranjeros

Impuestos e incentivos22 Jun 2026 · 6 min de lectura

Si vas a comprar en Punta Cana, una de las primeras preguntas que conviene responder es simple: ¿tendré que pagar un impuesto anual a la propiedad, y cuánto? La respuesta corta es que República Dominicana sí tiene un impuesto a la propiedad, el IPI, pero funciona de forma distinta a lo que la mayoría de los compradores extranjeros espera, y en muchos casos una propiedad CONFOTUR no paga nada durante años. Esta guía explica la tasa, el umbral, cómo se calcula, quién está exento y los detalles que, sin hacer ruido, afectan lo que realmente pagas.

No vendemos propiedades. El objetivo es darte una imagen precisa y en palabras simples para que puedas presupuestar con honestidad.

Qué es el IPI

IPI son las siglas de Impuesto al Patrimonio Inmobiliario. Es un impuesto anual administrado por la autoridad tributaria dominicana, la DGII, y aplica a las personas físicas que poseen inmuebles cuyo valor total supera un umbral exento que se fija cada año.

Lo más importante que debes entender es que el IPI se cobra sobre el total de tus inmuebles en República Dominicana por encima de un umbral, no sobre cada propiedad desde el primer dólar. Si el valor combinado de lo que posees queda por debajo del umbral, no debes nada.

Los dos números que importan (2026)

  • La tasa es del 1% anual, cobrada solo sobre el valor por encima del umbral.
  • El umbral exento de 2026 es de RD$10,695,494, unos US$182,000, según la tasa de cambio. La DGII sube esta cifra cada año por inflación; para 2026 subió alrededor de un 5% respecto al año anterior.

Así que el IPI no es el 1% del valor total de tu propiedad. Es el 1% de la porción que excede el umbral.

Cómo se calcula en realidad

Toma una sola propiedad de US$300,000, en manos de una persona sin otros inmuebles en República Dominicana:

PasoCálculoResultado
Valor de la propiedad—$300,000
Menos el umbral exento− $182,000 (aprox.)$118,000
IPI a pagar (1% del excedente)1% × $118,000~$1,180 al año

Si esa misma propiedad estuviera certificada por CONFOTUR, el IPI sería $0 hasta por 15 años. Puedes ver esa diferencia al instante en nuestra [Calculadora CONFOTUR].

Una propiedad que vale menos que el umbral, en manos de alguien sin otros inmuebles en República Dominicana, no paga IPI en absoluto.

El detalle que casi nadie ve: se calcula en conjunto, no por propiedad

El umbral aplica al valor combinado de todos tus inmuebles en República Dominicana, y la exención se resta una sola vez. Dos apartamentos de US$150,000 cada uno no son «dos propiedades por debajo del umbral»: son US$300,000 de patrimonio, y el IPI se calcula sobre el total que excede la exención. Planifica con tu portafolio completo en RD, no con cada unidad por separado.

Cuándo y cómo se paga

  • Se presenta una declaración jurada dentro de los primeros 60 días del año.
  • El impuesto se paga en dos cuotas iguales: la primera a más tardar el 11 de marzo y la segunda a más tardar el 11 de septiembre.
  • El pago se hace a través de la plataforma de la DGII o de bancos autorizados. El pago tardío genera recargos e intereses, así que las fechas importan.
  • Nota: normalmente se exige una certificación de que tu IPI está al día para vender la propiedad más adelante; mantenerlo pagado deja limpia una venta futura.

Quién está exento

  • Propiedades CONFOTUR: exentas del IPI hasta por 15 años (el beneficio central que cubrimos en nuestra guía sobre CONFOTUR).
  • Propiedades por debajo del umbral: no se debe IPI.
  • La vivienda principal de una persona mayor de 65 años, cuando es su única propiedad.
  • Pensionados de fuente extranjera y rentistas: una reducción del 50%, sujeta a condiciones.
  • Terrenos rurales de uso agrícola.

¿Y si compro a través de una empresa?

Aquí es donde una suposición común confunde a los compradores. Las empresas no pagan IPI, pero eso no es un vacío legal, porque una empresa paga en su lugar el Impuesto sobre Activos. Tener la propiedad a través de una sociedad cambia qué impuesto aplica, no si pagas impuestos. Si conviene más la titularidad personal o la societaria depende de tu situación; confírmalo con un contador dominicano en lugar de asumir que la vía de la empresa es automáticamente más barata.

Lo que los compradores extranjeros deben vigilar

  • La DGII valora la propiedad; no cuenta tu precio de compra. El IPI se basa en la valoración catastral de la autoridad tributaria, que puede diferir de lo que pagaste. Puedes consultar el valor tasado de una propiedad en la DGII antes de comprar.
  • El umbral se mueve cada año. Una cifra que hoy te exime puede no hacerlo dentro de unos años, a medida que cambian los valores y los umbrales. Presupuesta con margen.
  • La exención CONFOTUR tiene fecha de caducidad. El reloj de hasta 15 años corre desde la aprobación del proyecto, así que confirma cuántos años quedan, no solo que el proyecto «tiene CONFOTUR».
  • Mantenlo al día. El IPI impago acumula penalidades y puede complicar una venta futura.

Preguntas frecuentes

¿Los extranjeros pagan impuesto a la propiedad en República Dominicana? Sí, igual que los nacionales. Si tus inmuebles en el país superan el umbral exento, debes el IPI al 1% sobre el excedente, a menos que aplique una exención como CONFOTUR.

¿Cuánto es el IPI? 1% anual sobre el valor de tus inmuebles en República Dominicana por encima del umbral exento (RD$10,695,494, unos US$182,000, en 2026). Por debajo del umbral, nada.

¿El 1% se cobra sobre el valor total de la propiedad? No. Solo sobre la porción por encima del umbral, y sobre el total de tus inmuebles en RD, con la exención aplicada una sola vez.

¿CONFOTUR elimina el IPI? Sí: una propiedad certificada por CONFOTUR está exenta del IPI hasta por 15 años desde la aprobación del proyecto.

¿Cuándo vence? En dos cuotas cada año: el 11 de marzo y el 11 de septiembre, tras presentar la declaración anual dentro de los primeros 60 días.

¿Pago IPI si compro a través de una empresa? IPI no, pero la empresa paga en su lugar el Impuesto sobre Activos. Es un impuesto distinto, no una exención.


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Esta guía es contenido educativo y no constituye asesoría legal ni fiscal. El umbral y las reglas del IPI los fija la DGII y cambian cada año. Las valoraciones las determina la DGII y pueden diferir del precio de compra. Verifica tu situación y cualquier exención con un abogado o contador dominicano calificado antes de decidir.